De la CIRCULAR CONTRALORÍA GENERAL PARA EL CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA; EL DESARROLLO, MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, Y LA ATENCIÓN CIUDADANA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, publicada el 25 de enero de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.


3.7.1. La DGGTIC será la responsable de proponer y coordinar el desarrollo de sistemas de información Institucionales para la APDF.


3.7.2. La DGGTIC será la responsable de proponer y coordinar el desarrollo de sistemas de información Interdependenciales, que automaticen los procesos/procedimientos sustantivos y transversales de la APDF, considerando la adopción de estándares y marcos de referencia internacionales en materia de desarrollo y mantenimiento de sistemas de información.


3.7.3. La DGGTIC será la responsable de asesorar en materia de desarrollo y mantenimiento de sistemas de información a las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la APDF y demás órganos de la APDF.


3.7.4. Todos los Sistemas de Información Web de la APDF deberán responder a un subdominio del dominio  “.df.gob.mx”.


3.7.5. Todos los dominios de los Sistemas de Información Web de la APDF deberán ser solicitados a la DGGTIC, y su administración corresponderá a ésta última. Las políticas de dominios, subdominios y redireccionamientos serán emitidas por la DGGTIC.


3.7.6. La CG, a través de la DGGTIC, proporcionará el servicio de hospedaje de Sistemas de Información Web a las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la APDF que así lo soliciten.